LexTotal

Legislación › Ley 6/2009, de 9 de octubre, de creación del Organismo Autónomo "Boletín Oficial de la Región de Murcia".

Artículo 16. Designación.

Artículo 16. Designación.

El gerente del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia se designará entre funcionarios de carrera que pertenezcan a cuerpos y escalas para cuyo ingreso se exija estar en posesión del título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente, tendrá el máximo nivel administrativo y su provisión se ajustará al régimen general de provisión de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración regional.

← Artículo 15 Índice Artículo 17 →