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Ley 6/2009, de 9 de octubre, de creación del Organismo Autónomo "Boletín Oficial de la Región de Murcia".

En vigor Comunidad Autónoma de la Región de Murcia · Publicada el 10 de febrero de 2011 · Último cambio el 31 de diciembre de 2012 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Creación, naturaleza y adscripción.
  4. Artículo 2. Régimen jurídico y potestades.
  5. Artículo 3. Fines.
  6. Artículo 4. Funciones.
  7. CAPÍTULO II
  8. Artículo 5. Del objeto y contenido del «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
  9. Artículo 6. De la publicación del BORM. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
  10. Artículo 7. Garantía de autenticidad.
  11. Artículo 8. Acceso al BORM.
  12. Artículo 9. De la inserción de disposiciones y actos o anuncios en el BORM.
  13. CAPÍTULO III
  14. Artículo 10. Órganos directivos.
  15. Sección primera
  16. Artículo 11. Concepto.
  17. Artículo 12. Composición.
  18. Artículo 13. Atribuciones del Consejo de Administración.
  19. Artículo 14. Funcionamiento.
  20. Artículo 15. Régimen jurídico de sus actos.
  21. Sección
  22. Artículo 16. Designación.
  23. Artículo 17. Atribuciones de la Gerencia.
  24. Artículo 18. Régimen jurídico de sus actos.
  25. CAPÍTULO IV
  26. Artículo 19. Del patrimonio.
  27. Artículo 20. Recursos económicos.
  28. Artículo 21. Régimen económico, financiero, presupuestario y fiscal. 2 redacciones · cambió el 30/12/2009
  29. Artículo 22. Régimen de contratación.
  30. Artículo 23. Personal del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia.
  31. Disposición adicional. Extinción del Organismo Autónomo Imprenta Regional de Murcia y entrada en funcionamiento del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia.
  32. Disposición transitoria. Régimen de tránsito desde la extinción de la Imprenta Regional a la puesta en funcionamiento efectivo del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia.
  33. Disposición derogatoria. Derogación normativa.
  34. Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
  35. Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias y de personal.
  36. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  37. [firma]