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Legislación › Ley 9/2010, de 17 de diciembre, de comercio interior.

Artículo 33. Requisitos.

Artículo 33. Requisitos.

1. La venta de promoción deberá ir precedida o acompañada de la suficiente información al público, en la que habrán de figurar con claridad los siguientes aspectos:

a) El producto o productos objeto de promoción.

b) Las condiciones de venta, precio habitual y descuento.

2. La venta en promoción requiere disponer de existencias suficientes para hacer frente a la oferta.

3. Si llegasen a agotarse durante la promoción las existencias de alguno de los productos ofertados, el comerciante deberá entregar al comprador un compromiso de reserva del producto seleccionado, que deberá poner a su disposición en el plazo máximo de una semana, en las mismas condiciones y precio de la oferta. Si no pudiese atender dicha demanda en el plazo señalado, deberá sustituir dicho producto por otro de similares condiciones y características.

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