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Legislación › Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha.

Artículo 10. Personalidad jurídica.

Artículo 10. Personalidad jurídica.

1. La cooperativa se constituirá mediante escritura pública, que deberá inscribirse en la correspondiente unidad del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha, adquiriendo desde ese momento personalidad jurídica.

2. Los pactos que se mantengan reservados entre los socios no serán oponibles a la sociedad.

Se modifica el apartado 2 y se suprime el apartado 3 por la disposición final 1.2 Ley 4/2017, de 11 de diciembre. BOE-A-2018-986

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2017 En vigor BOE-A-2018-986 Leer Qué cambió
16 de enero de 2011 Texto original Leer

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