Legislación › Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha.
Artículo 10. Personalidad jurídica.
Artículo 10. Personalidad jurídica.
1. La cooperativa se constituirá mediante escritura pública, que deberá inscribirse en la correspondiente unidad del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha, adquiriendo desde ese momento personalidad jurídica.
2. Los pactos que se mantengan reservados entre los socios no serán oponibles a la sociedad.
Se modifica el apartado 2 y se suprime el apartado 3 por la disposición final 1.2 Ley 4/2017, de 11 de diciembre. BOE-A-2018-986
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2017 En vigor | BOE-A-2018-986 | Leer | Qué cambió |
| 16 de enero de 2011 | Texto original | Leer |


