Legislación › Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de igualdad entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha.
Artículo 26. Derechos de las mujeres mayores.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de marzo de 2012 y la del 15 de noviembre de 2018.
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Artículo 26. Derechos de las mujeres mayores.
1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha garantizará ayudas económicas a las mujeres y hombres mayores de 65 años que vivan solos y que no perciban pensiones en cantidad superior a una pensión no contributiva, siempre que no dispongan de otros ingresos o éstos sean compatibles con la misma, todo ello en los términos que reglamentariamente se establezcan.
2. Para las mujeres mayores de 65 60 años víctimas de violencia de género se garantiza el acceso preferente a las plazas de residencia residencias de mayores de la red pública.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de noviembre de 2018 En vigor | BOE-A-2018-17065 | Leer | Qué cambió |
| 1 de marzo de 2012 | BOE-A-2012-10756 | Leer | Qué cambió |
| 26 de noviembre de 2010 | Texto original | Leer |


