Legislación › Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de igualdad entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha.
Artículo 44. Distintivo de Excelencia en Igualdad de Género.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de noviembre de 2010 y la del 28 de diciembre de 2019.
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Artículo 44. Excelencia en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial.
1. Las empresas, públicas o privadas, que acuerden con los sindicatos o representantes del personal planes El Distintivo de igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial podrán ser reconocidas por Excelencia en Igualdad de Género es una marca a través de la cual la Junta de Comunidades con el «Distintivo de Excelencia» el cual será valorado Castilla-La Mancha reconoce a los efectos aquellas empresas y entidades, no pertenecientes al sector público estatal, autonómico o local, que destaquen por la implantación de contratos administrativos, concursos públicos, ayudas planes o medidas de igualdad durante al menos dos años, siempre que tengan su domicilio en Castilla-La Mancha o, si no lo tienen, que hubieran contratado personal en esta región y subvenciones. dispongan de sucursal, delegación o cualquier otra representación.
2. La concesión del distintivo la realizará la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a propuesta del Instituto de la Mujer. Las condiciones y requisitos para su concesión así como el procedimiento de otorgamiento y revocación se regularán reglamentariamente. Mujer de
2. Los parámetrosigualdad que han Castilla-La Mancha, de ser valorados para su obtención serán, entre otros: acuerdo con los parámetros de
a) Los modosllegar al equilibrio entre hombres y mujeres empleados igualdad, derechos, facultades y en las distintas categorías profesionales. obligaciones que se determinen mediante las
b) La promoción interna en los niveles en losmujeres están en menor proporción que los hombres. bases reguladoras del
c) La garantía de la igualdad retributiva.
d) La prevención y el compromiso de tener un ambiente laboral libreacoso sexual y acoso moral por razón de género y respetuoso con los derechos humanos. Distintivo.
e) El apoyo explícito a las mujeres empleadas que hayan sido víctimas de violencia de género, ampliando las medidas laborales de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Corresponderá al Instituto de Protección Integral contra la Violencia de Género. Mujer de
f) Las medidasconciliación Castilla-La Mancha el control de la vida personal, familiar renovación y laboral. revocación del
g) El compromiso de una publicidad no sexista.
h) La prevención de la salud laboralpersonal, atendiendo a las consecuencias derivadas de las diferencias biológicas de mujeres y hombres. Distintivo de
i) Las reservasplazas para mujeres Excelencia en situación de vulnerabilidad. Igualdad de
j) El fomento de empleo de mujeres jóvenes.
k) La posibilidad de sus empleadas de realizar cursosformación durante la jornada laboral. Género.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de julio de 2021 En vigor | BOE-A-2021-18038 | Leer | Qué cambió |
| 28 de diciembre de 2019 | BOE-A-2020-1997 | Leer | Qué cambió |
| 26 de noviembre de 2010 | Texto original | Leer |


