Legislación › Ley 14/2010, de 16 de diciembre, de servicios sociales de Castilla-La Mancha.
Disposición final única. Entrada en vigor.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, salvo los elementos de la misma para los que se exige desarrollo reglamentario, que entrarán en vigor conforme al siguiente calendario:
1. (Suprimido).
2. (Suprimido).
3. En el plazo máximo de cuatro años desde la entrada en vigor, el Consejo de Gobierno deberá completar el desarrollo reglamentario previsto en esta Ley.
Se suprimen los apartados 1 y 2 por el art. 30.17 de la Ley 1/2012, de 21 de febrero. BOE-A-2012-10756
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de marzo de 2012 En vigor | BOE-A-2012-10756 | Leer | Qué cambió |
| 30 de junio de 2011 | Texto original | Leer |


