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Legislación › Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.

Artículo 24. Escudo-emblema.

Artículo 24. Escudo-emblema.

Todas las prendas de la parte superior del uniforme, llevarán, en la parte alta de la manga izquierda, el escudo-emblema o anagrama específico de la empresa de seguridad en la que se preste servicio.

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