Legislación › Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.
Artículo 24. Escudo-emblema.
Artículo 24. Escudo-emblema.
Todas las prendas de la parte superior del uniforme, llevarán, en la parte alta de la manga izquierda, el escudo-emblema o anagrama específico de la empresa de seguridad en la que se preste servicio.


