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Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.
En vigor Ministerio del Interior · Publicada el 18 de febrero de 2011 · Último cambio el 22 de octubre de 2011 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- TÍTULO PRIMERO
- CAPÍTULO PRIMERO
- Sección 1
- Artículo 1. Requisitos de autorización de centros.
- Artículo 2. Requisitos de acreditación del profesorado.
- Artículo 3. Inspección de los centros de formación.
- Sección 2
- Artículo 4. Vigilantes de seguridad y guardas particulares del campo.
- Artículo 5. Detectives privados.
- Artículo 6. Directores de seguridad.
- Sección 3
- Artículo 7. Cursos de actualización y especialización.
- Artículo 8. Cursos de formación específica.
- Artículo 9. Cursos de formación especial.
- CAPÍTULO II
- Artículo 10. Pruebas para vigilantes de seguridad y guardas particulares del campo.
- Artículo 11. Pruebas para jefes de seguridad.
- Artículo 12. Pruebas para directores de seguridad.
- Artículo 13. Acreditaciones profesionales.
- Artículo 14. Tarjeta de identidad profesional.
- Artículo 15. Cartilla profesional.
- Artículo 16. Cartilla de tiro.
- Artículo 17. Libro-Registro de detectives.
- Artículo 18. Delegación de funciones de jefes y directores de seguridad.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 19. Armas reglamentarias.
- Artículo 20. Autorizaciones para portar armas fuera de servicio.
- Artículo 21. Ejercicios de tiro.
- Artículo 22. Uniformidad.
- Artículo 23. Excepciones al deber de uniformidad.
- Artículo 24. Escudo-emblema.
- Artículo 25. Distintivo.
- Artículo 26. Medios de defensa y su utilización.
- CAPÍTULO II
- Artículo 27. Uniformidad, armamento y tiro.
- Artículo 28. Autorizaciones para portar armas fuera de servicio.
- CAPÍTULO III
- Artículo 29. Armamento y tiro.
- Artículo 30. Uniformidad.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 31. Principios básicos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 32. Deber de colaboración.
- Artículo 33. Requerimiento de colaboración.
- Artículo 34. Consideración profesional.
- Artículo 35. Consideración legal.
- Artículo 36. Menciones honoríficas.
- Disposición adicional única. Comercialización de productos.
- Disposición transitoria primera. Uniformidad y distintivos.
- Disposición transitoria segunda. Tarjeta de identidad profesional.
- Disposición transitoria tercera. Adaptación de cursos de director de seguridad.
- Disposición transitoria cuarta. Exención de diplomas para detective privado.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI
- ANEXO VII
- ANEXO VIII
- ANEXO IX


