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Legislación › Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.

ANEXO VIII

ANEXO VIII

Uniformidad de los vigilantes de seguridad

1. El uniforme podrá conformarse con las siguientes prendas:

Anorak.

Jersey.

Cazadora.

Chaqueta.

Corbata.

Camisa o polo de manga corta o larga.

Pantalón.

Chaleco.

Calcetines.

Zapatos.

Botas.

Cinturón.

Falda.

2. Las características técnicas se ajustarán a lo que se que se determine mediante la correspondiente Resolución del Director General de la Policía y de la Guardia Civil.

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