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Legislación › Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.

Disposición final primera. Título competencial.

Disposición final primera. Título competencial.

1. Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.29.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre seguridad pública.

2. Lo dispuesto en esta orden se entiende sin perjuicio de las competencias que, en su caso, hayan asumido las Comunidades Autónomas a través de sus Estatutos de Autonomía.

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