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Legislación › Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza.

Artículo 38.

Artículo 38.

Pasados dichos plazos, el Juez Único de Competición no estará obligado a admitir más alegaciones que las que requieran expresamente.

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