Legislación › Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza.
Artículo 39.
Artículo 39.
No se aceptará, ni se entrará en el fondo de ninguna reclamación, alegación o informe, respecto de una competición, si carece de alguno de los requisitos regulados en este capítulo.


