Legislación › Resolución de 14 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza.
Artículo 79.
Artículo 79.
Todos los miembros de la RFEC, ya lo sean de sus órganos colegiados de gobierno y de representación, deberán estar en posesión de la licencia federativa en vigor.


