Legislación › Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León.
Artículo 76. La planificación local.
Artículo 76. La planificación local.
En el marco y en coordinación con la planificación autonómica, las entidades locales competentes en materia de servicios sociales elaborarán y aprobarán, dentro de los doce meses siguientes a la entrada en vigor de aquella, la planificación de dichos servicios correspondiente a su respectivo ámbito.


