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Legislación › Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía.

Disposición adicional primera. Configuración de las agencias públicas empresariales.

Disposición adicional primera. Configuración de las agencias públicas empresariales.

Son agencias públicas empresariales de las previstas en el artículo 68.1.b de la Ley 9/2007, de 22 de octubre:

a) La Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

b) El Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico.

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