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Legislación › Ley Foral 1/2011, de 15 de febrero, por la que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y se regula la organización, las funciones y el régimen del personal que configura los equipos y el órgano de valoración de la situación de dependencia en Navarra.

Disposición adicional sexta [sic]. Cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Disposición adicional sexta [sic]. Cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

La Administración de la Comunidad Foral de Navarra garantizará que los importes mínimos de las prestaciones económicas correspondientes al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia alcancen las cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para las personas beneficiarias.

Se añade por la disposición final 10 de la Ley Foral 35/2022, de 28 de diciembre. BOE-A-2023-1406

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