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Legislación › Ley 2/2011, de 1 de marzo, de autoridad del profesor y de la convivencia en los centros educativos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 6. Presunción de veracidad.

Artículo 6. Presunción de veracidad.

En el ejercicio de las competencias disciplinarias, y en el seno de las actuaciones sustanciadas al efecto, los hechos constatados por los directores y demás miembros de los órganos de gobierno, así como por los profesores de los centros docentes públicos y centros privados concertados, gozarán de presunción de veracidad cuando se formalicen por escrito en documento que cumpla con los requisitos que se establezcan reglamentariamente.

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