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Legislación › Ley 3/2011, de 1 de marzo, de prevención, protección y coordinación institucional en materia de violencia en La Rioja.

Artículo 1. Objeto.

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Artículo 1. Objeto.
La presente ley tiene por objeto la adopción de medidas integrales y globalizadoras para la sensibilización, prevención y erradicación de la violencia sobre la mujer y la ejercida en los ámbitos intrafamiliar y escolar.
Asimismo, es objeto de esta ley el establecimiento de un eficiente y coordinado sistema de asistencia a las víctimas y a sus hijos, o a otras personas dependientes de ellas, víctimas directas e indirectas, que garantice acciones, asistencia, detección, protección y recuperación de las mismas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de septiembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-16127 Leer Qué cambió
27 de marzo de 2011 Texto original Leer

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