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Legislación › Ley 1/2011, de 10 de febrero, de convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 32. Publicidad.

Artículo 32. Publicidad.

Una vez inscrito el convenio o acuerdo en el Registro o, en su caso, la modificación, prórroga o extinción del mismo, el órgano responsable del mismo ordenará su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

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