LexTotal

Legislación › Ley 4/2011, de 7 de marzo, de educación de Extremadura.

Artículo 159. Investigación e innovación.

Artículo 159. Investigación e innovación.

1. La Administración educativa promoverá la investigación y la innovación pedagógicas al servicio de la mejora de la calidad de la enseñanza.

2. El sistema de formación permanente favorecerá la experimentación en el aula y la difusión de las buenas prácticas, fomentando el intercambio de información, proyectos y experiencias entre centros, así como con profesionales de otras Administraciones Públicas e instituciones.

3. La Administración educativa reconocerá de forma especial al profesorado que destaque en buenas prácticas educativas que contribuyan al éxito escolar y al progreso del alumnado con dificultades de aprendizaje.

← Artículo 158 Índice Artículo 160 →