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Ley 4/2011, de 7 de marzo, de educación de Extremadura.

En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 23 de marzo de 2011 · Último cambio el 10 de abril de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  4. Artículo 2. Principios generales.
  5. Artículo 3. Fines del sistema educativo extremeño.
  6. TÍTULO II
  7. CAPÍTULO I
  8. Artículo 4. Principios en el acceso.
  9. Artículo 5. Oferta de plazas escolares.
  10. Artículo 6. Principios de admisión del alumnado.
  11. Artículo 7. Prioridad en el acceso.
  12. Artículo 8. Condiciones específicas en el acceso.
  13. Artículo 9. Competencia y garantías en el procedimiento.
  14. CAPÍTULO II
  15. Artículo 10. Éxito educativo.
  16. Artículo 11. Principios en la enseñanza.
  17. Artículo 12. Atención a la diversidad.
  18. Artículo 13. Plan para la mejora del éxito educativo.
  19. Artículo 14. La escuela rural.
  20. Artículo 15. Actividades complementarias.
  21. CAPÍTULO III
  22. Artículo 16. Educación en la igualdad.
  23. Artículo 17. Garantía de la igualdad efectiva.
  24. Artículo 18. Composición equilibrada.
  25. Artículo 19. Formación del profesorado.
  26. Artículo 20. Comisión para la igualdad en el ámbito educativo.
  27. CAPÍTULO IV
  28. Artículo 21. Ámbito.
  29. Artículo 22. Garantía de igualdad efectiva.
  30. Artículo 23. Prevención, detección y atención temprana.
  31. Artículo 24. Régimen de escolarización.
  32. Artículo 25. Formación y medios adecuados.
  33. Artículo 26. Alumnado con necesidades educativas especiales.
  34. Artículo 27. Alumnado con altas capacidades intelectuales.
  35. Artículo 28. Alumnado de incorporación tardía al sistema educativo o escolarización discontinua.
  36. Artículo 29. Alumnado procedente de grupos con riesgo de exclusión social.
  37. Artículo 30. Alumnado con dificultades de asistencia regular a los centros educativos.
  38. CAPÍTULO V
  39. Artículo 31. Medidas de prevención del absentismo escolar.
  40. Artículo 32. Fomento de la permanencia en el sistema educativo.
  41. CAPÍTULO VI
  42. Artículo 33. Principios generales.
  43. Artículo 34. Becas y ayudas al estudio.
  44. Artículo 35. Ayudas para material curricular.
  45. Artículo 36. Servicios educativos complementarios.
  46. Artículo 37. Transporte escolar.
  47. Artículo 38. Comedor escolar.
  48. Artículo 39. Aulas matinales.
  49. Artículo 40. Residencias escolares.
  50. TÍTULO III
  51. CAPÍTULO I
  52. Artículo 41. Comunidad educativa
  53. CAPÍTULO II
  54. Artículo 42. Derecho a la educación.
  55. Artículo 43. Igualdad de derechos y deberes.
  56. Artículo 44. El papel del alumnado.
  57. Artículo 45. Derechos.
  58. Artículo 46. Deberes.
  59. Artículo 47. Participación y colaboración del alumnado.
  60. Artículo 48. Asociaciones.
  61. CAPÍTULO III
  62. Artículo 49. Participación.
  63. Artículo 50. Formación y apoyo a las familias.
  64. Artículo 51. Derechos de las familias.
  65. Artículo 52. Deberes de las familias.
  66. Artículo 53. El compromiso de las familias.
  67. Artículo 54. Asociaciones de madres y padres.
  68. Artículo 55. Promoción de actividades culturales.
  69. CAPÍTULO IV
  70. Artículo 56. La función docente.
  71. Artículo 57. Principios de la función docente.
  72. Artículo 58. Funciones del profesorado.
  73. CAPÍTULO V
  74. Artículo 59. Educadores sociales.
  75. Artículo 60. Personal de atención a las necesidades específicas.
  76. Artículo 61. Otro personal de apoyo.
  77. CAPÍTULO VI
  78. Artículo 62. Personal de administración y servicios.
  79. Artículo 63. Participación en la vida del centro.
  80. Artículo 64. Formación permanente.
  81. CAPÍTULO VII
  82. Artículo 65. Corresponsabilidad en la educación.
  83. CAPÍTULO VIII
  84. Artículo 66. El derecho y el deber de convivencia.
  85. Artículo 67. El aprendizaje de la convivencia.
  86. Artículo 68. El Plan de convivencia.
  87. Artículo 69. Medidas de protección.
  88. TÍTULO IV
  89. CAPÍTULO I
  90. Artículo 70. Elementos.
  91. Artículo 71. Principios del currículo.
  92. Artículo 72. Competencias básicas.
  93. Artículo 73. Educación en valores.
  94. CAPÍTULO II
  95. Artículo 74. El fomento del plurilingüismo.
  96. Artículo 75. Educación plurilingüe.
  97. Artículo 76. Formación lingüística y metodológica.
  98. Artículo 77. El portugués como segunda lengua extranjera.
  99. CAPÍTULO III
  100. Artículo 78. Fomento.
  101. Artículo 79. Las tecnologías de la información y la comunicación en el currículo.
  102. CAPÍTULO IV
  103. Artículo 80. La lectura en el ámbito escolar.
  104. Artículo 81. La capacidad emprendedora.
  105. Artículo 82. Competencia emocional.
  106. Artículo 83. La actividad física y el deporte.
  107. CAPÍTULO V
  108. Artículo 84. Objeto y organización.
  109. Artículo 85. Aprendizajes.
  110. Artículo 86. Evaluación.
  111. Artículo 87. Oferta de plazas escolares.
  112. CAPÍTULO VI
  113. Sección 1
  114. Artículo 88. Principios generales.
  115. Artículo 89. Atención a la diversidad.
  116. Artículo 90. Igualdad de oportunidades en el mundo rural.
  117. Sección 2
  118. Artículo 91. Objeto y organización de la etapa.
  119. Artículo 92. Áreas instrumentales y metodología.
  120. Artículo 93. Atención a las dificultades de aprendizaje.
  121. Artículo 94. Evaluación.
  122. Sección 3
  123. Artículo 95. Objeto y organización de la etapa.
  124. Artículo 96. Materias instrumentales y adquisición de las competencias.
  125. Artículo 97. Evaluación.
  126. Artículo 98. Programas de cualificación profesional inicial.
  127. CAPÍTULO VII
  128. Artículo 99. Objeto y organización.
  129. Artículo 100. Aprendizajes.
  130. Artículo 101. Evaluación.
  131. CAPÍTULO VIII
  132. Artículo 102. Objetivos.
  133. Artículo 103. Currículo.
  134. Artículo 104. Oferta de formación profesional.
  135. Artículo 105. Admisión del alumnado.
  136. Artículo 106. Programas europeos y de innovación en centros educativos.
  137. Artículo 107. Sistema Nacional de Cualificaciones Profesionales.
  138. Artículo 108. Consejo de Formación Profesional de Extremadura.
  139. Artículo 109. Colaboración con las Universidades.
  140. Artículo 110. Colaboración con las empresas.
  141. CAPÍTULO IX
  142. Artículo 111. Aspectos generales.
  143. Artículo 112. Enseñanzas elementales y profesionales de música y danza.
  144. Artículo 113. Enseñanzas de artes plásticas y diseño.
  145. Artículo 114. Enseñanzas artísticas superiores.
  146. Artículo 115. Otras enseñanzas de música o danza.
  147. Artículo 116. Consejo Extremeño de Enseñanzas Artísticas.
  148. CAPÍTULO X
  149. Artículo 117. Finalidad.
  150. Artículo 118. Escuelas Oficiales de Idiomas.
  151. Artículo 119. Organización de las enseñanzas.
  152. CAPÍTULO XI
  153. Artículo 120. Principios y organización.
  154. CAPÍTULO XII
  155. Artículo 121. Derecho al aprendizaje a lo largo de la vida.
  156. Artículo 122. Finalidad y principios.
  157. Artículo 123. Destinatarios.
  158. Artículo 124. Enseñanzas.
  159. Artículo 125. Modalidades.
  160. Artículo 126. Centros de educación de personas adultas.
  161. TÍTULO V
  162. CAPÍTULO I
  163. Artículo 127. Finalidad de los centros educativos.
  164. Artículo 128. Clasificación.
  165. Artículo 129. Denominación de los centros públicos.
  166. Artículo 130. Centros privados concertados.
  167. Artículo 131. Creación, autorización y registro.
  168. Artículo 132. Infraestructuras.
  169. Artículo 133. Medios materiales y humanos.
  170. Artículo 134. Dotación tecnológica.
  171. Artículo 135. La biblioteca escolar.
  172. CAPÍTULO II
  173. Artículo 136. Principios.
  174. Artículo 137. Adscripción de centros.
  175. Artículo 138. Programación de la red de centros.
  176. Artículo 139. Atención a la escuela rural.
  177. CAPÍTULO III
  178. Artículo 140. Principio de autonomía.
  179. Artículo 141. Autonomía pedagógica.
  180. Artículo 142. Autonomía de organización.
  181. Artículo 143. Autonomía de gestión.
  182. CAPÍTULO IV
  183. Artículo 144. Principios de actuación.
  184. Artículo 145. El equipo directivo de los centros públicos.
  185. Artículo 146. La Dirección de los centros públicos.
  186. Artículo 147. El Consejo Escolar.
  187. Artículo 148. El Claustro del profesorado.
  188. Artículo 149. Órganos de coordinación docente.
  189. TÍTULO VI
  190. CAPÍTULO I
  191. Artículo 150. Función pública docente de Extremadura.
  192. Artículo 151. Atribución de competencias. 2 redacciones · cambió el 10/04/2015
  193. Artículo 152. Ingreso en la función pública docente.
  194. Artículo 153. Personal funcionario interino.
  195. Artículo 154. Provisión de puestos de trabajo.
  196. Artículo 155. Jornada de trabajo.
  197. CAPÍTULO II
  198. Artículo 156. La carrera formativa docente.
  199. Artículo 157. Formación inicial.
  200. Artículo 158. Formación permanente.
  201. Artículo 159. Investigación e innovación.
  202. Artículo 160. Estímulo de la formación.
  203. CAPÍTULO III
  204. Artículo 161. Incentivos económicos y profesionales.
  205. Artículo 162. Licencias y ayudas.
  206. Artículo 163. Premios.
  207. Artículo 164. Seguridad y salud en el trabajo.
  208. Artículo 165. Medidas de apoyo y protección de la función pública docente.
  209. TÍTULO VII
  210. Artículo 166. Finalidades.
  211. Artículo 167. Derechos y garantías.
  212. Artículo 168. La Agencia Extremeña de Evaluación Educativa.
  213. Artículo 169. Evaluación general del sistema educativo.
  214. Artículo 170. Evaluaciones de diagnóstico.
  215. Artículo 171. Evaluación de los centros educativos.
  216. Artículo 172. Evaluación del profesorado y de la función directiva.
  217. Artículo 173. Evaluación de los servicios y programas educativos.
  218. Artículo 174. Evaluaciones nacionales e internacionales.
  219. TÍTULO VIII
  220. CAPÍTULO I
  221. Artículo 175. Principios de actuación.
  222. Artículo 176. Calidad de los servicios.
  223. Artículo 177. Administración educativa electrónica.
  224. CAPÍTULO II
  225. Artículo 178. Distritos Educativos
  226. CAPÍTULO III
  227. Artículo 179. Asesoramiento psicopedagógico.
  228. Artículo 180. Red de formación permanente.
  229. CAPÍTULO IV
  230. Artículo 181. Inspección educativa.
  231. Artículo 182. Funciones.
  232. Artículo 183. Atribuciones de los inspectores.
  233. Artículo 184. Organización y funcionamiento.
  234. Artículo 185. Formación de la inspección educativa.
  235. Artículo 186. Evaluación de la inspección educativa.
  236. CAPÍTULO V
  237. Artículo 187. Cooperación con la Administración Local.
  238. Artículo 188. Participación de las Entidades Locales.
  239. Artículo 189. Centros educativos de titularidad municipal.
  240. Artículo 190. Solares y edificios destinados a centros educativos.
  241. Artículo 191. Colaboración con otras Administraciones Públicas e Instituciones.
  242. Artículo 192. Portugal e Iberoamérica.
  243. Artículo 193. Colaboración con las Universidades.
  244. Artículo 194. Concertación social.
  245. Artículo 195. Organizaciones no gubernamentales.
  246. Artículo 196. Medios de comunicación social.
  247. Disposición adicional primera. Registro de personal docente.
  248. Disposición adicional segunda. Contratación de profesorado especialista.
  249. Disposición adicional tercera. Acceso electrónico a los servicios educativos.
  250. Disposición adicional cuarta. Financiación.
  251. Disposición adicional quinta. Educación infantil.
  252. Disposición adicional sexta. Referencias de género.
  253. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  254. Disposición final primera. Modificación de la Ley 8/2001, de 14 de junio, por la que se regulan los Consejos Escolares de Extremadura.
  255. Disposición final segunda. Desarrollo de la ley.
  256. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  257. Firma