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Legislación › Ley 4/2011, de 7 de marzo, de educación de Extremadura.

Artículo 63. Participación en la vida del centro.

Artículo 63. Participación en la vida del centro.

El personal de administración y servicios, como miembro de la comunidad educativa, participará activamente en la vida del centro en orden a la consecución de los objetivos del proyecto educativo. La Administración educativa fomentará su participación en el Consejo Escolar.

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