Legislación › Ley 4/2011, de 7 de marzo, de educación de Extremadura.
Artículo 63. Participación en la vida del centro.
Artículo 63. Participación en la vida del centro.
El personal de administración y servicios, como miembro de la comunidad educativa, participará activamente en la vida del centro en orden a la consecución de los objetivos del proyecto educativo. La Administración educativa fomentará su participación en el Consejo Escolar.


