Legislación › Ley 4/2011, de 7 de marzo, de educación de Extremadura.
Disposición adicional tercera. Acceso electrónico a los servicios educativos.
Disposición adicional tercera. Acceso electrónico a los servicios educativos.
El derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración educativa por medios electrónicos y demás derechos derivados del mismo podrán, en función de las disponibilidades presupuestarias, ser ejercidos en relación con la totalidad de los procedimientos y actuaciones de su competencia.
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