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Instrucción 1/2011, de 24 de marzo, de la Junta Electoral Central, sobre las reclamaciones administrativas relativas a las modificaciones en el censo electoral que pueden realizar los representantes de las candidaturas o de las formaciones políticas en aplicación de lo dispuesto en los artículos 38 y 39 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
En vigor Junta Electoral Central · Publicada el 28 de marzo de 2011 · Último cambio el 28 de marzo de 2011 · Ver en el BOE


