LexTotal

Legislación › Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para la participación de las personas con discapacidad en la vida política y en los procesos electorales.

Artículo 14. Comunicación sobre buenas prácticas.

Artículo 14. Comunicación sobre buenas prácticas.

Las organizaciones políticas podrán poner en conocimiento del Consejo Nacional de la Discapacidad las buenas prácticas que en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad hayan hecho efectivas.

← Artículo 13 Índice