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Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para la participación de las personas con discapacidad en la vida política y en los procesos electorales.

En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 30 de marzo de 2011 · Último cambio el 3 de septiembre de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo único. Aprobación del Reglamento.
  3. Disposición adicional primera. Concurrencia de procesos electorales y consultas populares.
  4. Disposición adicional segunda. Informes, estudios y guías de buenas prácticas.
  5. Disposición adicional tercera. Divulgación.
  6. Disposición transitoria única. Plazos.
  7. Disposición final primera. Título competencial.
  8. Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
  9. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  10. Firma
  11. REGLAMENTO
  12. CAPÍTULO I
  13. Artículo 1. Objeto.
  14. Artículo 2. Igualdad de oportunidades y no discriminación.
  15. CAPÍTULO II
  16. Sección 1
  17. Artículo 3. Accesibilidad de los locales electorales. 2 redacciones · cambió el 03/09/2026
  18. Artículo 4. Mesas electorales, apoyos complementarios e intérpretes de las lenguas de signos. 2 redacciones · cambió el 19/07/2023
  19. Artículo 5. Accesibilidad a la información electoral de carácter institucional. 2 redacciones · cambió el 03/09/2026
  20. Artículo 6. Actos públicos de campaña electoral.
  21. Artículo 7. Propaganda electoral.
  22. Sección 2
  23. Artículo 8. Accesibilidad de los locales electorales.
  24. Artículo 9. Miembros de mesas electorales e intérpretes de la lengua de signos.
  25. Artículo 10. Accesibilidad a la información electoral de carácter institucional.
  26. Artículo 11. Transporte de electores.
  27. CAPÍTULO III
  28. Artículo 12. Participación política.
  29. Artículo 13. Actos públicos e información proporcionada por las organizaciones políticas. 2 redacciones · cambió el 03/09/2026
  30. Artículo 14. Comunicación sobre buenas prácticas.