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Legislación › Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para la participación de las personas con discapacidad en la vida política y en los procesos electorales.

Artículo 5. Accesibilidad a la información electoral de carácter institucional.

Artículo 5. Accesibilidad a la información electoral de carácter institucional.

1. Las páginas de internet de las Administraciones públicas con información sobre procesos electorales deberán cumplir los criterios generales de accesibilidad al contenido recogidos en el artículo 5 del Real Decreto 1494/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social.

2. Toda la información institucional y los procedimientos cuya gestión compete a la Oficina del Censo Electoral habrán de ser accesibles.

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2 de enero de 2027 BOE-A-2026-18509 Leer Qué cambió
19 de abril de 2011 En vigor Texto original Leer

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