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Legislación › Real Decreto 353/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local.

Artículo 25. Aportaciones.

Artículo 25. Aportaciones.

Los Colegios Territoriales efectuarán aportaciones económicas al Consejo General en los términos regulados en el Título III de los presentes Estatutos. Asimismo, efectuarán aportaciones económicas a los Consejos Autonómicos en los términos que regulen los Estatutos particulares de estos.

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