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Real Decreto 353/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local.
En vigor Ministerio de Política Territorial y Administración Pública · Publicada el 1 de abril de 2011 · Último cambio el 1 de abril de 2011 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- Artículo único. Aprobación de los Estatutos.
- Disposición transitoria primera. Vigencia de Estatutos y del reglamento de régimen interior del Consejo General.
- Disposición transitoria segunda. Habilitación en funciones.
- Disposición transitoria tercera. Modificación del reglamento de régimen interior del Consejo General y convocatoria de elecciones a la Presidencia y Comisión Ejecutiva.
- Disposición transitoria cuarta. Designación de delegados.
- Disposición transitoria quinta. Designaciones provisionales en la Junta de Representación Autonómica.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma
- ESTATUTOS
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Organización Colegial. Definición. Personalidad y naturaleza jurídica de las entidades que la componen.
- Artículo 2. Fines esenciales de la Organización Colegial.
- Artículo 3. Principios éticos profesionales.
- Artículo 4. Los Colegios Profesionales. Ámbito territorial, fusiones o segregaciones.
- Artículo 5. Los Consejos Autonómicos.
- Artículo 6. El Consejo General.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Régimen jurídico de los actos y resoluciones corporativas
- Artículo 8. Ejecución e impugnación de los actos y resoluciones corporativas.
- Artículo 9. Ventanilla única.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 10. Funciones de los Colegios.
- CAPÍTULO II
- Artículo 11. Organización básica.
- Artículo 12. Asamblea General.
- Artículo 13. Junta de Gobierno.
- Artículo 14. Presidencia.
- CAPÍTULO III
- Artículo 15. Colegiación. Ingresos. Traslados.
- Artículo 16. Clases de colegiados.
- Artículo 17. Derechos de los colegiados.
- Artículo 18. Obligaciones de los colegiados.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 19. Recursos económicos.
- Artículo 20. Cuotas.
- Artículo 21. Cuotas ordinarias.
- Artículo 22. Cuotas extraordinarias.
- Artículo 23. Pagos y recaudación de cuotas.
- Artículo 24. Presupuestos.
- Artículo 25. Aportaciones.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 26. Funciones y competencias del Consejo General.
- CAPÍTULO II
- Artículo 27. Órganos del Consejo General.
- Artículo 28. La Asamblea del Consejo General.
- Artículo 29. Presidencia del Consejo General.
- Artículo 30. Junta de Representación Autonómica del Consejo General.
- Artículo 31. Comisión Ejecutiva del Consejo General.
- CAPÍTULO III
- Artículo 32. Recursos del Consejo General.
- Artículo 33. Aportaciones y compensaciones de los Colegios y Consejos Autonómicos.
- Artículo 34. Régimen presupuestario.
- TÍTULO IV
- Artículo 35. Potestad disciplinaria y competencia sancionadora.
- Artículo 36. Tipificación de infracciones.
- Artículo 37. Tipificación de sanciones:
- Artículo 38. Correspondencia entre infracciones y sanciones.
- Artículo 39. Prescripción y cancelación de infracciones y sanciones.
- Artículo 40. Procedimiento sancionador.
- Disposición adicional primera. Utilización de los géneros femenino y masculino.
- Disposición adicional segunda. Código ético.
- Disposición adicional tercera. Ceuta y Melilla.


