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Real Decreto 254/2011, de 28 de febrero, por el que se establece el título de Técnico en Cultivos Acuícolas y se fijan sus enseñanzas mínimas.

En vigor Ministerio de Educación · Publicada el 7 de abril de 2011 · Último cambio el 28 de mayo de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. CAPÍTULO II
  6. Artículo 2. Identificación. 2 redacciones · cambió el 28/05/2024
  7. Artículo 3. Perfil profesional del título.
  8. Artículo 4. Competencia general.
  9. Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.
  10. Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
  11. Artículo 7. Entorno profesional.
  12. Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.
  13. CAPÍTULO III
  14. Artículo 9. Objetivos generales.
  15. Artículo 10. Módulos profesionales. 2 redacciones · cambió el 28/05/2024
  16. Artículo 11. Espacios y equipamientos.
  17. Artículo 12. Profesorado. 2 redacciones · cambió el 28/05/2024
  18. CAPÍTULO IV
  19. Artículo 13. Acceso a otros estudios.
  20. Artículo 14. Convalidaciones y exenciones.
  21. Artículo 15. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención. 2 redacciones · cambió el 28/05/2024
  22. Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.
  23. Disposición adicional segunda. Oferta a distancia del presente título.
  24. Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.
  25. Disposición adicional cuarta. Regulación del ejercicio de la profesión.
  26. Disposición adicional quinta. Equivalencias a efectos de docencia en los procedimientos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
  27. Disposición adicional sexta. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.
  28. Disposición transitoria única. Aplicabilidad de otras normas.
  29. Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
  30. Disposición final primera. Título competencial.
  31. Disposición final segunda. Implantación del nuevo currículo.
  32. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  33. [firma]
  34. ANEXO I
  35. ANEXO II
  36. ANEXO III
  37. ANEXO III A)
  38. ANEXO III B)
  39. ANEXO III C)
  40. ANEXO IV
  41. ANEXO V A)
  42. ANEXO V B)
  43. [Información relacionada]