Legislación › Real Decreto 254/2011, de 28 de febrero, por el que se establece el título de Técnico en Cultivos Acuícolas y se fijan sus enseñanzas mínimas.
ANEXO IV
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de abril de 2011 y la del 31 de diciembre de 2020.
Tachado: lo que se quitó (135 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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ANEXO IV
Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico en Cultivos Acuícolas al amparo de la Ley Orgánica 2/2006
Módulos profesionales incluidos en Ciclos Formativos establecidos en LOGSE 1/1990 (Derogado).
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Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOE 2/2006): Técnico en Cultivos Acuícolas
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Instalaciones y equipos de cultivo.
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0706. Instalaciones y equipos de cultivo.
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Técnicas del cultivo de moluscos.
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0705. Técnicas de engorde de moluscos.
0708. Técnicas de criadero de moluscos.
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Técnicas del cultivo de crustáceos.
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0709. Técnicas de cultivo de crustáceos.
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Técnicas del cultivo de peces.
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0707. Técnicas de criadero de peces.
0704. Técnicas de engorde de peces.
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Técnicas de cultivo auxiliares.
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0703. Técnicas de cultivos auxiliares.
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Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa.
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0711. Empresa e iniciativa emprendedora.
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Formación en centro de trabajo del título de Técnico en Operaciones de Cultivo Acuícola.
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0712. Formación en centros de trabajo.
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Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2020 En vigor | BOE-A-2020-17274 | Leer | Qué cambió |
| 8 de abril de 2011 | Texto original | Leer |


