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Legislación › Real Decreto 254/2011, de 28 de febrero, por el que se establece el título de Técnico en Cultivos Acuícolas y se fijan sus enseñanzas mínimas.

ANEXO IV

Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de abril de 2011 y la del 31 de diciembre de 2020. Tachado: lo que se quitó (135 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO IV
Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico en Cultivos Acuícolas al amparo de la Ley Orgánica 2/2006
Módulos profesionales incluidos en Ciclos Formativos establecidos en LOGSE 1/1990
·
Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOE 2/2006): Técnico en Cultivos Acuícolas
·
Instalaciones y equipos de cultivo.
·
0706. Instalaciones y equipos de cultivo.
·
Técnicas del cultivo de moluscos.
·
0705. Técnicas de engorde de moluscos.
0708. Técnicas de criadero de moluscos.
·
Técnicas del cultivo de crustáceos.
·
0709. Técnicas de cultivo de crustáceos.
·
Técnicas del cultivo de peces.
·
0707. Técnicas de criadero de peces.
0704. Técnicas de engorde de peces.
·
Técnicas de cultivo auxiliares.
·
0703. Técnicas de cultivos auxiliares.
·
Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa.
·
0711. Empresa e iniciativa emprendedora.
·
Formación en centro de trabajo del título de Técnico en Operaciones de Cultivo Acuícola.
·
0712. Formación en centros de trabajo.
·
(Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2020 En vigor BOE-A-2020-17274 Leer Qué cambió
8 de abril de 2011 Texto original Leer

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