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Legislación › Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.

Artículo 13. Plazo para resolver los procedimientos de resolución contractual.

Artículo 13. Plazo para resolver los procedimientos de resolución contractual.

El plazo para resolver y notificar los procedimientos de resolución de los contratos celebrados por las entidades que, a efectos de contratación, tengan la consideración de Administraciones públicas será el que establezca la legislación básica en materia de contratación pública y, en defecto de regulación, ocho meses contados desde la fecha en la que el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista, acuerde la incoación del procedimiento de resolución.

Se modifica por la disposición final 4.9 de la Ley 1/2021, de 11 de febrero. BOE-A-2021-4247

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de febrero de 2021 En vigor BOE-A-2021-4247 Leer Qué cambió
10 de mayo de 2011 Texto original Leer

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