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Legislación › Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.

Artículo 14. Plazo para entender rechazadas las notificaciones practicadas por medios electrónicos.

Artículo 14. Plazo para entender rechazadas las notificaciones practicadas por medios electrónicos.

(Derogado).

Se deroga por la disposición final 4.10 de la Ley 1/2021, de 11 de febrero. BOE-A-2021-4247

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de febrero de 2021 En vigor BOE-A-2021-4247 Leer Qué cambió
10 de mayo de 2011 Texto original Leer

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