Legislación › Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.
Artículo 15. Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de mayo de 2011 y la del 23 de febrero de 2021.
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Artículo 15. Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Para la acreditación del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón, la presentación de la propuesta por el interesado para concurrir en un procedimiento de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus organismos públicos conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir tanto por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, Social como por los órganos de la Administración Tributaria tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón. Aragón y, siempre que sea posible, por los órganos tributarios locales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de febrero de 2021 En vigor | BOE-A-2021-4247 | Leer | Qué cambió |
| 10 de mayo de 2011 | Texto original | Leer |


