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Legislación › Ley 7/2011, de 23 de marzo, de salud pública de Extremadura.

Artículo 38. Planes y actuaciones de seguridad del paciente.

Artículo 38. Planes y actuaciones de seguridad del paciente.

1. Los centros, establecimientos y servicios sanitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura elaborarán planes donde se contengan actuaciones encaminadas a promover la cultura de la seguridad de pacientes.

2. Estos planes serán comunicados a la Consejería competente en materia de sanidad y formarán parte de la garantía de calidad dentro del Modelo de Calidad de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de Extremadura.

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