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Ley 7/2011, de 23 de marzo, de salud pública de Extremadura.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 13 de abril de 2011 · Último cambio el 27 de julio de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Principios rectores.
- Artículo 5. Actividades básicas de la salud pública.
- Artículo 6. Derechos.
- Artículo 7. Obligaciones.
- TÍTULO I
- Artículo 8. Atribuciones de las Administraciones Públicas.
- Artículo 9. De las competencias del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.
- Artículo 10. De las competencias de la Consejería competente en materia de sanidad.
- Artículo 11. De las competencias del Servicio Extremeño de Salud.
- Artículo 12. Competencias de las Corporaciones Locales.
- Artículo 13. De las obligaciones de información en materia de salud pública.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 14. Sistema de Información en Salud Pública.
- Artículo 15. Objetivos del Sistema de Información en Salud Pública.
- Artículo 16. Comunicación y tratamiento de la información.
- Artículo 17. Seguridad y confidencialidad de la información.
- CAPÍTULO II
- Artículo 18. Red de Vigilancia Epidemiológica en Extremadura.
- Artículo 19. Funciones.
- Artículo 20. Declaración obligatoria de situaciones de potencial impacto en salud pública.
- CAPÍTULO III
- Artículo 21. Sistema de Respuesta a las Alertas y Emergencias.
- Artículo 22. Situaciones de Alerta y Emergencia en Salud Pública.
- Artículo 23. Alertas y Emergencias en Salud Pública de ámbito nacional o internacional.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 24. Promoción de la salud.
- Artículo 25. Herramientas para la promoción de la salud.
- Artículo 26. Registros.
- CAPÍTULO II
- Artículo 27. Educación para la salud.
- CAPÍTULO III
- Artículo 28. De la prevención de enfermedades, de las deficiencias y de los problemas de salud.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 29. De la salud alimentaria.
- Artículo 30. Obligaciones de los operadores de las empresas alimentarias.
- Artículo 31. Plan Marco de Salud Alimentaria.
- Sección 2
- Artículo 32. Oficina Extremeña de Seguridad Alimentaria.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 33. De la salud ambiental.
- Artículo 34. Plan Marco de Salud Ambiental.
- Sección 2
- Artículo 35. Comisión de Salud Ambiental de Extremadura.
- CAPÍTULO III
- Artículo 36. Plan Estratégico de Salud Laboral.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 37. De la seguridad del paciente.
- Artículo 38. Planes y actuaciones de seguridad del paciente.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 39. Participación comunitaria en salud.
- Artículo 40. Funciones de la participación comunitaria en salud.
- CAPÍTULO II
- Artículo 41. De los agentes de salud comunitarios.
- Artículo 42. De las organizaciones ciudadanas de voluntarios.
- Artículo 43. De los Consejos Municipales de Salud.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 44. Cartera de Servicios de Salud Pública.
- Artículo 45. Prestaciones de la cartera de servicios de salud pública.
- CAPÍTULO II
- Artículo 46. Laboratorios de salud pública.
- Artículo 47. Funciones y programas de actuación.
- CAPÍTULO III
- Artículo 48. Intervención administrativa.
- Artículo 49. Mecanismos de intervención.
- Artículo 50. Obligaciones.
- Artículo 51. Medidas especiales.
- Artículo 52. Medidas provisionales.
- Artículo 53. Tramitación.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 54. Actuaciones de vigilancia y control sanitario.
- Artículo 55. Valor probatorio de las actuaciones.
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 56. Infracciones.
- Artículo 57. Calificación de las infracciones.
- Artículo 58. Infracciones leves.
- Artículo 59. Infracciones graves.
- Artículo 60. Infracciones muy graves.
- Artículo 61. Prescripción y caducidad.
- CAPÍTULO II
- Artículo 62. Sanciones.
- Artículo 63. Graduación de las sanciones.
- Artículo 64. Prescripción.
- Artículo 65. Concurrencia de sanciones.
- Artículo 66. Responsabilidad.
- CAPÍTULO III
- Artículo 67. Potestad sancionadora.
- Artículo 68. Competencia sancionadora de la Junta de Extremadura en materia de salud pública.
- Artículo 69. Procedimiento.
- Artículo 70. Órganos competentes.
- Artículo 71. Recursos.
- Artículo 72. Medidas cautelares.
- Disposición adicional primera. Financiación.
- Disposición adicional segunda. Delegación o transferencia de competencias a las Corporaciones Locales.
- Disposición adicional tercera. Del régimen sancionador aplicable como consecuencia de las crisis sanitarias ocasionadas por la COVID-19 u otras epidemias.
- Disposición transitoria primera. Planes vigentes.
- Disposición transitoria segunda. Expedientes sancionadores.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 10/2001, de 28 de junio, de Salud de Extremadura.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


