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Legislación › Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura.

Artículo 13. Unidades para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Artículo 13. Unidades para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

La Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura adecuará sus estructuras, de modo que en cada una de sus Consejerías u organismos autónomos se le encomiende a una unidad administrativa la propuesta, ejecución e informe de las actividades de la Consejería en materia de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

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