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Legislación › Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura.

Artículo 14. Comisión Interinstitucional para la Igualdad.

Artículo 14. Comisión Interinstitucional para la Igualdad.

1. Se creará la Comisión Interinstitucional para la Igualdad, como órgano de cooperación multilateral y de coordinación de las políticas autonómicas y locales para la igualdad. Tendrá como objetivos la puesta en común de las políticas y programas que, en materia de igualdad de género, desarrollen la Administración autonómica y local, así como coordinar e impulsar la integración del enfoque de género en las políticas y programas, en materia de igualdad entre mujeres y hombres.

2. La composición, organización, funciones y régimen de funcionamiento de la Comisión Interinstitucional para la Igualdad se determinará reglamentariamente, y en ella estarán representadas a partes iguales la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y las Administraciones locales.

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