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Legislación › Ley 2/2011, de 22 de marzo, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana.

Artículo 131. Simultaneidad de sanciones.

Artículo 131. Simultaneidad de sanciones.

Las sanciones de multa, pérdida del partido, descuento de puntos en la clasificación, pérdida de categoría o división y prohibición de acceso a los estadios o recintos deportivos pueden imponerse simultáneamente a cualquier otra sanción.

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