Legislación › Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comercio de la Comunitat Valenciana.
Artículo 101. Clasificación y promoción de las ferias comerciales.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de abril de 2011 y la del 16 de enero de 2018.
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Artículo 101. Clasificación y promoción de las ferias comerciales.
1. Con independencia de otras clasificaciones basadas en las características de la oferta a exponer, las ferias comerciales se podrán clasificar en ferias comerciales oficiales y ferias-muestras comerciales. Reglamentariamente se determinará la La clasificación y demás características de estos certámenes feriales. feriales se determinarán reglamentariamente.
2. La Generalitat promocionará las ferias comerciales oficiales que sirvan a los intereses generales de la Comunitat Valenciana, tanto de forma directa como indirecta. A tal fin, se declara servicio de interés general autonómico la promoción de ferias comerciales oficiales.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de enero de 2018 En vigor | BOE-A-2018-90255 | Leer | Qué cambió |
| 26 de abril de 2011 | Texto original | Leer |


