Legislación › Ley 4/2011, de 23 de marzo, de bibliotecas de la Comunitat Valenciana.
Disposición final segunda. Desarrollo y habilitación normativa.
Disposición final segunda. Desarrollo y habilitación normativa.
Se autoriza al titular de la conselleria competente en materia de bibliotecas para dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para la aplicación y desarrollo de la presente ley.
← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →


