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Legislación › Real Decreto 1748/2010, de 23 de diciembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Artículo 4. Dirección General para el Mediterráneo, Magreb y Oriente Próximo.

Artículo 4. Dirección General para el Mediterráneo, Magreb y Oriente Próximo.

1. Corresponde a la Dirección General para el Mediterráneo, Magreb y Oriente Próximo la elaboración, propuesta y aplicación de la política exterior de España en su área geográfica correspondiente.

2. Para el cumplimiento de las funciones señaladas, la Dirección General se estructura en los siguientes órganos:

a) La Subdirección General del Magreb.

b) La Subdirección General de Oriente Próximo.

A estas Subdirecciones Generales les corresponde la definición y promoción de los intereses de la política exterior de España en su área de responsabilidad, y el impulso de las relaciones bilaterales con los países que engloban.

3. Corresponde asimismo a esta Dirección General la preparación y seguimiento de las iniciativas diplomáticas en el Mediterráneo, en especial las cuestiones relativas a la Unión por el Mediterráneo. Igualmente, le corresponde el seguimiento de las actividades de la Liga de los Estados Árabes y de otros foros multilaterales árabes e islámicos.

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