Legislación › Ley 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad de la Comunitat Valenciana.
Articulo 96. Clasificación de las infracciones en materia de compatibilidad de las infraestructuras de transporte con el entorno
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de abril de 2011 y la del 11 de noviembre de 2017.
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Artículo Articulo 96. Clasificación de las infracciones.
Las infracciones de las normas reguladas en relación con los servicios de transporte de viajeros y taxi se clasifican en muy graves, graves y leves. Las infracciones en materia de compatibilidad de las infraestructuras de transporte con el entorno se clasifican en muy graves y graves.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-1010 | Leer | Qué cambió |
| 11 de noviembre de 2017 | BOE-A-2017-15370 | Leer | Qué cambió |
| 25 de abril de 2011 | Texto original | Leer |


