LexTotal

Legislación › Ley 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad de la Comunitat Valenciana.

Articulo 96. Clasificación de las infracciones en materia de compatibilidad de las infraestructuras de transporte con el entorno

Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de abril de 2011 y la del 11 de noviembre de 2017. Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo Articulo 96. Clasificación de las infracciones.
Las infracciones de las normas reguladas en relación con los servicios de transporte de viajeros y taxi se clasifican en muy graves, graves y leves. Las infracciones en materia de compatibilidad de las infraestructuras de transporte con el entorno se clasifican en muy graves y graves.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-1010 Leer Qué cambió
11 de noviembre de 2017 BOE-A-2017-15370 Leer Qué cambió
25 de abril de 2011 Texto original Leer

← Artículo 95 bis Índice Artículo 97 →