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Legislación › Ley 6/2011, de 1 de abril, de Movilidad de la Comunitat Valenciana.

Disposición adicional cuarta. Regulación de los centros de atención al público en los servicios de taxi.

Disposición adicional cuarta. Regulación de los centros de atención al público en los servicios de taxi.

(Derogada).

Se deroga por la disposición derogatoria única 1.a) de la Ley 13/2017, de 8 de noviembre. BOE-A-2017-15370

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de noviembre de 2017 En vigor BOE-A-2017-15370 Leer Qué cambió
25 de abril de 2011 Texto original Leer

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