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Legislación › Ley Foral 8/2011, de 24 de marzo, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte.

Artículo 16. Deberes respecto a la información clínica.

Artículo 16. Deberes respecto a la información clínica.

Se atenderá a lo establecido en el artículo 76.2 y 76.4, de la Ley Foral 17/2010, de 8 de noviembre.

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