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Legislación › Ley Foral 8/2011, de 24 de marzo, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte.

Artículo 25. Asesoramiento especializado en cuidados paliativos y voluntades anticipadas.

Artículo 25. Asesoramiento especializado en cuidados paliativos y voluntades anticipadas.

1. Se garantizará a la persona en proceso de la muerte información sobre su estado de salud y sobre los objetivos de los cuidados paliativos que recibirá durante su proceso, de acuerdo a sus necesidades y preferencias.

2. Se garantizará al ciudadano, en el nivel asistencial donde lo demande, la información clínica relevante para que, si así lo desea, pueda expresar sus opciones e instrucciones a través de sus voluntades anticipadas.

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