Legislación › Ley Foral 8/2011, de 24 de marzo, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte.
Disposición adicional segunda. Difusión de la Ley.
Disposición adicional segunda. Difusión de la Ley.
El Departamento de Salud, en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor, habilitará los mecanismos oportunos para dar la máxima difusión a la presente Ley Foral entre los profesionales y la ciudadanía en general.
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