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Instrucción 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central, de interpretación del artículo 27.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, sobre impedimentos y excusas justificadas para los cargos de Presidente y Vocal de las Mesas Electorales.

En vigor Junta Electoral Central · Publicada el 30 de abril de 2011 · Último cambio el 5 de febrero de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo 2 redacciones · cambió el 19/03/2018
  2. Primero. Objeto y alcance. 3 redacciones · cambió el 29/06/2023
  3. Segundo. Causas relativas a la situación personal del miembro designado de la mesa electoral. 5 redacciones · cambió el 29/06/2023
  4. Tercero. Causas relativas a las responsabilidades familiares del miembro designado de la mesa electoral. 4 redacciones · cambió el 05/02/2025
  5. Cuarto. Causas relativas a las responsabilidades profesionales del miembro designado de la mesa electoral. 2 redacciones · cambió el 19/03/2018
  6. Quinto. Competencia de las Juntas Electorales de Zona y reclamaciones. 2 redacciones · cambió el 19/03/2018
  7. Sexto. Publicación en el «BOE» y entrada en vigor. 2 redacciones · cambió el 19/03/2018
  8. Firma