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Legislación › Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha.

Artículo 161. Creación de la Comisión de Coordinación del Empleo Público de Castilla-La Mancha.

Artículo 161. Creación de la Comisión de Coordinación del Empleo Público de Castilla-La Mancha.

1. Se crea la Comisión de Coordinación del Empleo Público de Castilla-La Mancha como un órgano colegiado de carácter técnico en el que se hará efectiva la coordinación de la política de empleo público entre las Administraciones públicas de Castilla-La Mancha.

2. La Comisión de Coordinación del Empleo Público de Castilla-La Mancha está adscrita a la Consejería competente en materia de función pública.

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